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Permisos de Circulación: Sepa qué hacer si tiene multas de tránsito impagas.
Fecha | : 2/02/12
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Lecturas | : 258
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Diferentes pasos deben realizar las personas que tienen deudas con las municipalidades, para obtener su permiso vehicular. Las infracciones pueden eliminarse por pago o por resoución judicial.
La cifra ya se conoce: 500 mil vehículos tienen 2,5 millones de multas de tránsito impagas, pero muchos no saben qué hacer si es que figuran en esta lista negra, viéndose imposibilitados de renovar el permiso de circulación.
Si usted o un conocido se encuentra en esta situación, lo primero que debe hacer es consultar el sistema en línea del Registro Civil, ingresando el número de la patente, para saber si tiene multas impagas.
CERTIFICADO
Si el vehículo tiene multas no pagadas, el interesado puede solicitar en el Registro Civil un Certificado de Multas de Tránsito no Pagadas, cuyo valor es de $770.
Este documento tiene datos detallados, como la placa patente del vehículo, nombre y RUT de la persona a nombre de quien está inscrito el vehículo, juzgado que ordenó la anotación, rol de la causa, fecha de la sentencia, monto de la multa, tipo de infracción cometida, arancel que corresponde al Registro de Multas, la fecha del informe emitido por el tribunal y el ingreso de la anotación.
CÓMO SOLUCIONARLO
De acuerdo al Registro Civil, estos son los pasos para sacarse de encima una multa impaga:
-Las multas pueden eliminarse por pago o por resolución judicial. Cuando la multa se paga, la Municipalidad respectiva tiene que informar al Registro Civil, que debe remitir un arancel, de $2.700, para que se proceda a la eliminación.
-Pueden pagarse en cualquier municipalidad del país, no es necesario que sea la misma en que se cursó la infracción.
RESOLUCIÓN JUDICIAL
-La multa se elimina por resolución judicial cuando el mismo Juzgado de Policía Local que aplicó la sanción lo ordena.
-El juez puede declarar la prescripción de la multa, 3 años después de publicada en el Registro Civil, o absolver al propietario del vehículo, o declarar que se cometió un error al anotarlo, o cualquier otra causal.
-La resolución judicial que ordena eliminar debe ponerse en conocimiento del Registro Civil, ya sea porque el mismo tribunal la envía al organismo público o porque el interesado presenta la copia autorizada de ella en nuestras oficinas.
-Una vez que el servicio público recibe la resolución, tiene un plazo de 7 días hábiles en practicar la eliminación. “Este plazo puede ser mayor durante el período de renovación de permisos de circulación, por la enorme cantidad de resoluciones que se recibe”, aclaran en el Registro Civil.
MULTAS DE OTRO DUEÑO
Si la persona compró un vehículo usado y el anterior dueño le dejó multas impagas, se debe llevar el Certificado de Anotaciones Vigentes (CAV) al Juzgado de Policía Local, donde pertenecen las deudas, siempre y cuando las multas sin pagar no estén registradas en este certificado. En el Juzgado se debe entregar un documento que exima al actual dueño de la responsabilidad.
En estos tribunales también se puede ver el año en que fueron cursadas las infracciones. Si tienen 3 años de antigüedad, se debe solicitar la prescripción de las multas, la que posteriormente se debe entregar al Registro Civil.
Fuente: http://www.lanacion.cl
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